Señor Notario:
Sírvase Usted, inscribir en su Registro De Escrituras Públicas una de DONACIÓN DE BIEN INMUEBLE que otorgan, de una parte, la señora [colocar nombre de la DONANTE] identificada con DNI [Colocar # de DNI], [Colocar estado civil], [Colocar dirección de LA DONANTE], a quien en adelante se le denominará LA DONANTE; y, de la otra parte, el señor [Colocar nombre del DONATARIO], identificado con DNI [Colocar # de DNI], casado con la señora [Colocar nombre de la DONATARIA], identificada con DNI [Colocar # de DNI], ambos con [Colocar dirección de los DONATARIOS], a quienes en adelante se les denominará LOS DONATARIOS; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- LA DONANTE es única propietaria del bien inmueble ubicado [Colocar dirección del bien inmueble], – [Colocar código del predio], con un área [Colocar área del predio], el cual se encuentra debidamente inscrito en la partida electrónica [Colocar # de partida], del Registro de Predios de la Oficina Registral de [Colocar lugar].
SEGUNDO.- Se deja constancia que el bien inmueble descrito en la cláusula precedente está valorizado en [Colocar monto en números] [Colocar monto en letras], según la declaración jurada de impuesto predial [Colocar año], expedido por la municipalidad de [Colocar lugar].
OBJETO DEL CONTRATO
TERCERO.- Por el presente contrato LA DONANTE se obliga a transferir la propiedad del bien descrito en la cláusula primera en favor de LOS DONATARIOS, a título de donación. LOS DONATARIOS, A su turno, expresan su voluntad de aceptar la presente donación del referido bien inmueble y se comprometen a recibirlo en la forma y oportunidad pactadas en las cláusulas siguientes:
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
CUARTO.- LA DONANTE se obliga a entregar en favor de LOS DONATARIOS el bien objeto de la prestación a su cargo y todos los documentos relativos a la propiedad y uso del mismo, una vez suscrita la escritura pública que origine la presente minuta, acto que se verificará con la entrega física de la posesión del referido bien inmueble.
QUINTO.- LA DONANTE se obliga a realizar todos los actos y a suscribir todos los documentos que sean necesarios, a fin de formalizar la transferencia de la propiedad del bien objeto de la prestación a su cargo, en favor de LOS DONATARIOS.
SEXTO.- LOS DONATARIOS se comprometen a recibir el bien objeto de la donación, en la forma y oportunidad estipulada en la cláusula cuarta del presente documento.
SÉPTIMA.- LA DONANTE declara que, al momento de celebrarse el presente contrato, no tiene ninguna obligación tributaria pendiente de pago respecto del bien objeto de la prestación a su cargo; no obstante, de haberlo, estos a partir de la fecha serán de cuenta y riesgo de LOS DONATARIOS.
OCTAVA.- LA DONANTE declara que el bien objeto de la prestación a su cargo, al momento de celebrarse el presente contrato, se encuentra libre de toda carga, gravamen, derecho real de garantía, medida judicial o extrajudicial y en general, de todo acto o circunstancia que impida, prive o limite su libre disponibilidad y/o el derecho de propiedad, posesión o uso del bien. No obstante, LA DONANTE se obliga al saneamiento por evicción, que comprenderá todos los conceptos previstos en el artículo 1495° del Código Civil.
RENUNCIA A LA REVERSIÓN
OCTAVA.- LA DONANTE declara expresamente su renuncia al derecho de reversión de la donación efectuada a través del presente acto, conforme al artículo 1632° del Código Civil; en consecuencia, LOS DONATARIOS podrán disponer libremente de la propiedad sobre el bien que les es transferido en virtud al presente contrato.
LÍMITE DE LA DONACIÓN
NOVENA.- LA DONANTE declara que la presente donación se encuentra dentro de los límites señalados por el artículo 1629° del Código Civil, dado que el valor del bien objeto de la donación no excede el de la porción de libre disposición.
GASTOS Y TRIBUTOS DEL CONTRATO
DÉCIMO.- Las partes acuerdan que todos los gastos y tributos que origine la celebración, formalización y ejecución del presente contrato serán asumidos por LOS DONATARIOS.
COMPETENCIA TERRITORIAL
DÉCIMO PRIMERO.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la competencia territorial de los Jueces y Salas del Cercado de Lima.
DOMICILIO
DÉCIMO SEGUNDO.- Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución del presente contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la introducción de este documento. el cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito.
APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY
DÉCIMO TERCERO.- En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del ordenamiento jurídico que resulten aplicables.
Agregue usted, Señor Notario, las demás cláusulas de estilo, inserte lo que corresponda y finalmente remita los partes notariales al registro de propiedad inmueble de [Colocar lugar], para su inscripción.
[Colocar fecha]
[Datos y firma del DONANTE]
[Datos y firma de los DONATARIOS]
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