INDECOPI multa con 8,86 UIT a colegio Montessori por discriminar a consumidor que vive en La Perla

Resumen de Resolución INDECOPI: Discriminación

RESOLUCIÓN NRO. 2423-2025/SPC-INDECOPI

Sala Especializada en Protección al Consumidor

Sumilla y Datos del Caso

Se confirma la resolución apelada que declaró fundada la denuncia contra CECAPSI Montessori S.A.C. por haber brindado un trato discriminatorio al denunciante, al restringirle el acceso a sus servicios por el distrito en el que residía sin que medie una causa objetiva y justificada.

EXPEDIENTE

1186-2021/CC2

MATERIA

DISCRIMINACIÓN

FECHA

7 de agosto de 2025

Sanción Impuesta

8,86 UIT

La multa fue confirmada por infracción del artículo 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Prohibición de discriminación).

Medidas Correctivas (Complementarias)

Se ordena a CECAPSI Montessori S.A.C. el cumplimiento de las siguientes medidas:

  • 1 Capacitación Antidiscriminación (Plazo: 60 días hábiles)

    Brindar capacitación sobre prevención de discriminación en el consumo a todo el personal de atención al público (físico y virtual), incluyendo a los principales directivos.

  • 2 Implementación de Políticas (Plazo: 15 días hábiles)

    Implementar y difundir políticas/directivas sobre no discriminación en todos sus canales de atención al público.

  • 3 Colocación de Cartel (Plazo: Inmediato)

    Colocar de forma permanente un cartel visible con el mensaje de prohibición de discriminación y el derecho del consumidor a denunciar ante INDECOPI.

Denunciante: Carlos Alberto Monsalve Villegas
Denunciada: CECAPSI Montessori S.A.C.

Fuente: Resolución Nro. 2423-2025/SPC-INDECOPI – Expediente 1186-2021/CC2.

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