Protección de Datos en Edificios y Condominios
Resumen esencial de la normativa peruana (Ley N° 29733) para Juntas de Propietarios y Administradores.
Leer Guía¿Sabías que?
Las multas aplican a Juntas no registradas.
La Junta de Propietarios es el Responsable Legal de los datos de residentes, visitas y trabajadores.
Conceptos Fundamentales
Entendiendo los roles según la ley.
Datos Personales
Información que identifica a una persona: Nombre, DNI, imagen, voz, huella, etc.
Junta de Propietarios
Es el ‘Responsable del Tratamiento’. Decide sobre el uso de los datos.
Administrador
Es el ‘Encargado del Tratamiento’. Gestiona los datos por orden de la Junta.
Banco de Datos
Conjunto organizado de información (físico o digital) como cuadernos de visitas o grabaciones.
Obligaciones Principales
La Junta de Propietarios y la Administración deben cumplir estrictamente con estos 4 pilares para evitar sanciones.
Inscribir Bancos de Datos
Obligatorio registrar los bancos (propietarios, videovigilancia) ante la Autoridad Nacional (ANPD). Es gratuito.
Informar (Carteles)
Colocar carteles de ‘Zona Videovigilada’ y avisos de privacidad en formularios o garitas.
Seguridad y Confidencialidad
Usar contraseñas seguras, armarios con llave y no compartir datos con terceros sin permiso.
Atender Derechos ARCO
Responder solicitudes de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición en los plazos de ley.
Derechos ARCO
Todo residente tiene derecho a controlar sus datos. La Junta debe responder en los siguientes plazos máximos:
Sistemas de Videovigilancia
Captar imágenes de personas es tratamiento de datos personales. No es solo «grabar por seguridad», requiere cumplimiento legal.
- Requiere voto favorable de +50% de propietarios.
- Obligatorio cartel «Zona Videovigilada» visible.
- Solo captar zonas comunes (no dentro de viviendas ni vía pública excesiva).
ZONA VIDEOVIGILADA
Ley N° 29733 Protección de Datos
Titular: Junta de Propietarios…
Derechos: Usted puede ejercer sus derechos ARCO en la administración.
*Ejemplo de cartel obligatorio
Casos Prácticos y Frecuentes
Lo que se debe y no se debe hacer en el día a día.
Cámaras de seguridad requieren cartel y registro.
Videoporteros (solo ver quién toca timbre) no se consideran bancos de datos.
Solicitar DNI solo para verificar identidad y devolverlo.
Es PROHIBIDO retener el DNI o fotografiarlo indiscriminadamente (es desproporcionado).
Se puede publicar internamente si la Junta lo aprueba.
No publicar en zonas de acceso público o visibles para externos.
Huella/Rostro ok para residentes/trabajadores (con acuerdo).
Desproporcionado para visitantes ocasionales.
¿Qué pasa si no hay Junta inscrita?
Si la Junta de Propietarios no está inscrita en Registros Públicos, la responsabilidad recae sobre todos los propietarios en su conjunto. Deben nombrar a una persona encargada de atender los derechos ARCO mediante un acta simple.
Descargue la Resolución aquí
Confiamos en que esta información le sea de utilidad. De requerir asesoría legal sobre este y otros temas no dude en contactarnos.
